Cátedra de Gerencia de Construcción.

CATEDRA DE GERENCIA DE LA CONSTRUCCIÓN.Convenio entre la Unimet y la Cámara Venezolana de la Construcción, desde 1999. Blog de la Cátedra, como web informativa, y lugar de intercambio de conocimiento, opinión y trabajo colaborativo.

FORO 1 2019/2020-008

FORO #1 desde la tercera semana hasta la entrega del examen 1

Foro 1

Colegio de Ingenieros, Arquitectos y afines

            El colegio de ingenieros es un cuerpo moral de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señala la Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines, creado en 1861. Este organismo tiene como fin principal, servir como guardián del interés público y actuar como asesor del estado en asuntos de su competencia, fomentando el progreso de la ciencia y de la tecnología, vigilando el ejercicio profesional y velando por los intereses generales de los profesionales que agrupan en su seno y en especial por la dignidad, los derechos y el mejoramiento de sus agremiados. (Colegio de Ingenieros, 2016)


Bases de participación y contenido:


Les anexo nuestro primer foro. Se trata de conocer el marco ético que sirve de referencia en el ejercicio profesional del ingeniero y el arquitecto. (tenemos un mismo colegio). A veces las cosas nos parecen obvias y las dejamos pasar.

Solo tienen que hacer una intervención pero si quieren mas, son bienvenidos. La idea es establecer una discusión.  Contesten en "comentarios" y sigamos el hilo de la conversación.

Nota: El foro se vence el mismo día de la entrega del parcial 1 en la semana 4 o 5

Les presento a Pedro Virtual




Reglas para el foro:
  • Como somos 19 lo haremos por esta vía, Es una sola participación por persona pero puede hacer varias, es libre de hacerlo si lo desea.
  • Lea el caso, lea el Código de ética del CIV
  • Conteste en comentarios, mas abajo
  • Lea los comentarios antes de aportar
  • Hay tres interrogantes, conteste solo una de ellas Todo tiene que ver y sus miradas se irán tejiendo en lo mismo a medida que avancemos
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Pedro, el ingeniero civil:
Pedro está graduándose de ingeniero civil. Como todos, tiene dudas acerca en qué área debería seguir su carrera. Pedro tiene 21 años, soltero y el hijo mayor de una familia de 4 miembros, papá, mamá y una hermana en el colegio. Pedro quiere hacer las cosas correctas, y se recuerda de lo que aprendió a las clases de gerencia de la construcción acerca de la ética del Colegio de Ingenieros. 

Pedro leyó este artículo, que ya ha sido viral en su primera versión y ahora ampliada: 

Y mas tarde...
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Pedro ya se graduó. Ya se colegió y tiene número del CIV que lo autoriza a ejercer y a firmar.
Ahora trabaja como Residente en una obra con 50 empleados. Están construyendo aceras en Caracas. La empresa contratista también tiene un contrato de aceras en Maracaibo, pero les acaba de renunciar su residente allá pues se va del país. Hay problemas laborales serios en la obra, además del agua y la electricidad.

1. Por la urgencia, el dueño de la Contratista le pide a Pedro que firme las mediciones y las valuaciones, de Maracaibo, ya que son las mismas partidas, calidades y que le va a pagar bien por eso. En el Zulia además, están colocando carpeta asfáltica que la obra de Caracas no tiene. Tendría que firmar todo.

 Si quiere, lo invita a que visite la obra en el fin de semana, firme y se regrese para estar el lunes en campo. Si no quiere viajar, el dueño dice que las trae con DHL para que las firme.
Pedro acude al Código de ética igualmente a ver si eso se puede (debe) hacer. ¿Qué le aconsejan a Pedro que haga?

2. Al mismo tiempo, se da cuenta que se van a construir aceras en una zona nueva como parte del urbanismo. Pedro pide los Estudios de Suelo del terreno y los planos topográficos actualizados, y le dicen que no hay, que las perforaciones del otro lote les van a servir. Pedro decide conversar con el Inspector de Obras que es del Municipio, pero no sabe si debe hacerlo. Pedro sabe que estos nuevos terrenos se ganaron del movimiento de tierra original. ¿Qué debe hacer Pedro?, En caso de duda mayor le puede preguntar a su antiguo profesor de suelos

3. La empresa tiene como todos, los problemas de la diáspora, de gente que se va. El proyectista de una obra en valencia se fue sin avisar. Iban a construir 245 casas de interés social, con el urbanismo y las facilidades urbanas. No dejó su CIV actualizado, ni firmó los planos. La empresa le pide a Pedro que firme el proyecto y haga las gestiones del permiso en la alcaldía correspondiente.

Ayuden a Pedro a tomar las decisiones correctas, 

Alberto Lindner. 


Mi correo personal,  es, alindnerb@gmail.com 
Mi blog personal es, https://facilitymanager.blogspot.com/ 
Mi teléfono solo para emergencias es 04166328497

Otros blogs donde escribo:



ANEXO

CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE INGENIEROS, ARQUITECTOS Y AFINES

Código de Ética Profesional Se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión, para un miembro del Colegio de Ingenieros de Venezuela: 
1ro. (virtudes): Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base a un ejercicio cabal de la profesión. 

2do. (ilegalidad): Violar o permitir que se violen las leyes, ordenanzas y reglamentaciones relacionadas con el cabal ejercicio profesional. 

3ro. (conocimiento): Descuidar el mantenimiento y mejora de sus conocimientos técnicos, desmereciendo así la confianza que al ejercicio profesional concede la sociedad. 

4to. (seriedad): Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencias razonables. 

5to. (dispensa): Dispensar, por amistad, conveniencia o coacción, el cumplimiento de disposiciones obligatorias, cuando la misión de su cargo sea de hacerlas respetar y cumplir. 

6to. (remuneración): Ofrecer, solicitar o prestar servicios profesionales por remuneraciones inferiores a las establecidas como mínimas, por el Colegio de Ingeniero de Venezuela. 

7mo. (remuneración): Elaborar proyectos o preparar informes, con negligencia o ligereza manifiestas, o con criterio indebidamente optimista. 

8vo. (firma): Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión. 

9no. (obras): Encargase de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional. 

10mo. (licitaciones): Concurrir deliberadamente o invitar, a licitaciones de Estudio y/o proyectos de obras. 

11ro. (influencia): Ofrecer, dar o recibir comisiones o remuneraciones indebidas y, solicitar influencias o usa de ellas para la obtención u otorgamiento de trabajos profesionales, o para crear situaciones de privilegio en su actuación. 

12do (ventajas): Usar de las ventajas inherentes a un cargo remunerado para competir con la práctica independiente de otros profesionales. 

13ro. (reputación): Atentar contra la reputación o los legítimos intereses de otros profesionales, o intentar atribuir injustificadamente la comisión de errores profesionales a otros colegas. 

14to. (intereses): Adquirir intereses que, directa o indirectamente colindan con los de la empresa o cliente que emplea sus servicios o encargases sin conocimiento de los interesados de trabajos en los cuales existan intereses antagónicos. 

15to. (justicia): Contravenir deliberadamente a los principios de justicia y lealtad en sus relaciones con clientes, personal subalterno y obreros, de manera especial, con relación a estos últimos, en lo referente al mantenimiento de condiciones equitativas de trabajo y a su justa participación en las ganancias. 

16to (el ambiente): Intervenir directa o indirectamente en la destrucción de los recursos naturales u omitir la acción correspondiente para evitar la producción de hechos que contribuyen al deterioro ambiental. 

17mo. (extranjeros): Actuar en cualquier forma que permita o facilite la contratación con profesionales o empresas extranjeras, de estudios o proyectos, construcción, inspección y supervisión de obras, cuando a juicio del Colegio de Ingenieros, exista en Venezuela la capacidad para realizarlos. 

18vo. (autoría): Utilizar estudios, proyectos, planos, informes u otros documentos, que no sean el dominio público, sin la autorización de sus autores y/o propietarios.

19no. (secreto): Revelar datos reservados de índole técnico, financiero o profesionales, así como divulgar sin la debida autorización, procedimientos, procesos o características de equipos protegido por patentes o contratos que establezcan las obligaciones de guardas de secreto profesional. Así como utilizar programas, discos, cintas u otros medios de información, que no sea de dominio público, sin la debida autorización de sus autores y/o propietarios, o utilizar sin autorización de códigos de acceso de otras personas, en provecho propio. 

20mo. (experimentación y servicios no necesarios): Someter a su cliente o a su empleador a la aplicación de materiales o métodos en experimentación, sin su previo y total conocimiento y aprobación o recomendarle servicios no necesarios. 

21ro. (publicidad indebida): Hacer o permitir cualquier publicidad no institucional, dirigida a atraer al público hacia la acción profesional, personal o participar en programas de televisión, radio u otros medios, que no tengan carácter divulgativo profesional, o que en cualquier forma, ateten contra la dignidad y seriedad de la profesión. Así como, valerse de posición para proferir declaraciones en los medios o hacer propaganda de materiales, equipos y tecnologías. 

22do. (actuación gremial): Incumplir con lo dispuesto en las “Normas de Actuación Gremial del CIV”.

Fuente: http://www.civ.net.ve/uploaded_pdf/cep.pdf 

29 comentarios:

Daniel Matheus dijo...
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Eva Henriquez dijo...
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Gabriel Segovia dijo...
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Gabriel Segovia dijo...
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Unknown dijo...
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Unknown dijo...
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reinaldo a chejin dijo...
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Unknown dijo...
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Ericka Jiménez dijo...
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Maria Carolina Capiello dijo...
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Unknown dijo...

En cuanto al tercer caso, relacionado con la construcción de 245 viviendas de interés social en Valencia, entendiendo que la empresa desea que firme e inmediatamente comience los trámites, opino que el correcto proceder para Pedro sería objetarse a firmar los planos dejados por el proyectista. Este curso de acción se basa en el artículo 8 del Código de Ética del Colegio de Ingenieros en el cual se considera una violación “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión.”

Adicionalmente, teniendo en cuenta el artículo 4 del Código de Ética (“Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencias razonables.”), su poca experiencia laboral y la magnitud del proyecto, pudiese considerarse que Pedro no cumple con los criterios para poder realizar la revisión del proyecto y de este modo poder firmar sin violentar los artículos 4 y 8.

- Alonso Aguiar S. 22/01/2020

Grecia De Ponte dijo...

Con respecto al primer caso, referente a la construcción de aceras en Maracaibo, en las cuales se están colocando carpeta asfáltica que la obra de Caracas no tiene, Pedro debe negarse a firmar las mediciones y valuaciones del proyecto a pesar de que el dueño de la contratista alegara que eran las mismas partidas y calidades de la obra en la que está trabajando en Caracas, pues se considera no ético e inadecuado “firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión”. Por otro lado, se le ofreció a Pedro una buena retribución dado la firma, por lo que al haber aceptado estaría incumpliendo el código de ética profesional en cuanto a “ofrecer, dar o recibir comisiones o remuneraciones indebidas y, solicitar influencias o usa de ellas para la obtención u otorgamiento de trabajos profesionales, o para crear situaciones de privilegio en su actuación”. También se compromete el código referente a “dispensar, por amistad, conveniencia o coacción, el cumplimiento de disposiciones obligatorias, cuando la misión de su cargo sea de hacerlas respetar y cumplir”. Se debe de tener en cuenta los limites en los cuales no se debe incurrir para luego no ser sancionado.

Grecia De Ponte

Nadine Persaud dijo...

En cuanto al tercer caso, considero que Pedro debería rechazar la oferta realizada por la empresa, la cual corresponde a la firma del proyecto y de las gestiones del permiso en la alcaldía. Además, debería acatar lo establecido en el Código de Ética del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Afines; específicamente el artículo 8, cuyo enunciado es el siguiente: “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión”. Cabe destacar que, Pedro no cuenta con la experiencia necesaria para llevar a cabo un proyecto de esta magnitud puesto que es un ingeniero recién graduado. Y, por último, a pesar de las complicaciones y de la diáspora, es importante proceder éticamente ante las diversas situaciones, ya que esto trae como recompensa el respeto, reconocimiento y confianza de todas las personas con quienes interactuamos.

-Nadine Persaud. 23/01/2020

Unknown dijo...

Cuando Pedro se da cuenta de que los estudios de suelo y los planos topográficos no están actualizados debe actuar inmediatamente porque, aunque tengan las perforaciones del otro lote, nada garantiza que el suelo en donde se están haciendo estas aceras tenga un perfil litográfico similar.

En este caso se está atentando contra el noveno artículo del Código de Ética Profesional del Colegio de Ingenieros, donde se establece que "encargarse de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional" es uno de los casos incompatibles con el ejercicio esta profesión.

Aunque Pedro sea un ingeniero recién graduado, sabe que lo que se está haciendo en este caso no está bien, por lo que debe velar que las cosas se hagan bien desde el principio de su vida profesional. Hablar con el Inspector de Obras es una manera de enfrentarsea la falta que hace la empresa contratista.


Ana Maria Maldonado Polanco

José Maria Carrillo dijo...

Si en el primer caso Pedro acudió al CIV, puede fijarse que existen múltiples y claras violaciones al Código de Ética. Inicialmente en este caso se puede observar cómo Pedro se ve incentivado a hacerse responsable de un proyecto que no estuvo bajo su inmediata revisión, esto representa una clara violación al artículo 8 y sumado a esto Pedro intenta ser sobornado por el dueño de la Contratista, en esta situación se puede contemplar un intento a menoscabar la integridad y honestidad, lo cual significa una violación al artículo 1. Por último en el caso de que Pedro esté dispuesto a firmar para el proyecto de Zulia se puede hablar de una violación al artículo 4, debido a que en el proyecto de Zulia se está realizando una actividad que probablemente exceda los conocimientos de Pedro. Mi recomendación para Pedro sería que no acepte firmar ninguno de los documentos que le está ofreciendo el dueño Contratista.

Jose Maria Carrillo

Unknown dijo...

En el tercer caso se puede reflejar claramente cómo se estaría incumpliendo el octavo artículo del código de ética que sostiene lo siguiente: “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión”, por lo cual no le recomendaría a Pedro que se haga responsable de un proyecto del que no estuvo al tanto.

Por otra parte, Pedro es un profesional recién graduado, no tiene ni la la experiencia, ni la experticia como para hacerse cargo de ese tipo de responsabilidades; él como aprendiz debe velar porque su trayecto como ingeniero sea íntegro, por esa razón es importante conocer el código de ética profesional, para evitar romper las normas ya establecidas y evitar un problema legal que pueda tener consecuencias como sanciones e incluso pérdida de la profesión.

Aunado a lo desarrollado con anterioridad, se puede observar cómo la empresa está incumpliendo con el primer artículo del código de ética que sostiene lo siguiente: “Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que debe servir de base a un ejercicio cabal de la profesión”. Lo están incumpliendo al pedirle firmar unos planos a una persona que no está capacitada para hacerlo.

Carlos Alvarez Yauca

Unknown dijo...

En el tercer caso se puede reflejar claramente cómo se estaría incumpliendo el octavo artículo del código de ética que sostiene lo siguiente: “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión”, por lo cual no le recomendaría a Pedro que se haga responsable de un proyecto del que no estuvo al tanto.

Por otra parte, Pedro es un profesional recién graduado, no tiene ni la la experiencia, ni la experticia como para hacerse cargo de ese tipo de responsabilidades; él como aprendiz debe velar porque su trayecto como ingeniero sea íntegro, por esa razón es importante conocer el código de ética profesional, para evitar romper las normas ya establecidas y evitar un problema legal que pueda tener consecuencias como sanciones e incluso pérdida de la profesión.

Aunado a lo desarrollado con anterioridad, se puede observar cómo la empresa está incumpliendo con el primer artículo del código de ética que sostiene lo siguiente: “Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y aquellas virtudes de honestidad, integridad y veracidad que debe servir de base a un ejercicio cabal de la profesión”. Lo están incumpliendo al pedirle firmar unos planos a una persona que no está capacitada para hacerlo.

Carlos Alvarez Yauca

Juan Rojas dijo...

Con respecto a la situación planteada en el primer caso, Pedro se encuentra en un dilema moral y ético sobre su posible participación en una violación al CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE INGENIEROS, ARQUITECTOS Y AFINES.

Está claro que firmar los documentos sin conocer en detalle el proyecto seria una falta grave, por lo tanto, pienso que Pedro debería considerar la opción que se le ofrece, visitar la obra y hacer una revisión de la misma, seria en tal momento que él podría tomar una decisión objetiva, considerando sus conocimientos sobre tal obra y tomando en cuenta las diferencias que presenta con respecto a la que el supervisa. Pedro entonces decidirá si la obra esta apta para continuar, dados los inconvenientes mencionados, y de ser necesario, buscar asesoría que lo ayude a tomar la decisión correcta. Esta claro que firmar los documentos de manera deliberadamente descuidada es una opción que no debería contemplar en ningún caso, para mantener su integridad profesional y no incurrir en violaciones contra el Código que rige las acciones de todo ingeniero en Venezuela, expresado en artículos tales como 1ro, 8vo, 9no, entre otros.

El Ingeniero Pedro, a pesar de ser recién graduado, está consciente del componente de responsabilidad civil que representa su profesión y oficio, por lo tanto, sus decisiones siempre deben basarse, al igual que la de TODOS los ingenieros, en el Código de Ética para garantizar su buena actuación y mantener su reputación como impecable profesional.

Juan Vicente Rojas Sanchez

Dunia Barakat dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Dunia Barakat dijo...

En cuanto al tercer caso considero que el proyecto que se le esta ofreciendo a Pedro, como ingeniero recién graduado y sin suficiente experiencia, es muy denso para que sea quien asuma la responsabilidad. Por otro lado, la empresa le esta solicitando algo que en cuanto a ética y profesionalismo es imposible de aceptar, ya que se trata de un proyecto cuyos planos y cálculos no corresponden a Pedro.

En caso de que Pedro decida llevar a cabo la propuesta que le ofrece la empresa, estaría violando varios artículos del CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE INGENIEROS, ARQUITECTOS Y AFINES, el Articulo #1 (virtudes), Articulo #2 (ilegalidad), Articulo #4 (seriedad), Articulo #8 (firma) y el Articulo #18 (autoría).

Además, la Empresa, que está solicitando a Pedro ir en contra del Código de Ética, también se encuentra violando varios artículos del Código al esperar que el Ingeniero firme unos planos que no son de su propiedad y que incumpla con las leyes.

En conclusión, invito a Pedro a no firmar los planos ni realizar las gestiones de los permisos necesarios con la alcaldía ya que esto, además de violar el Código, también puede traer consecuencias que perjudiquen su carrera.

Alejandra Gutiérrez dijo...

Referente al segundo caso, Pedro mantiene un correcto proceder al solicitar el estudio de suelo y los planos topográficos para la construcción de las aceras. Tal como expone el artículo 9 del Código de Ética Profesional del CIV, para la correcta ejecución de una obra es necesario considerar todos los estudios técnicos necesarios.
Dado que dicha información no está disponible, es deber de Pedro asesorarse con su profesor de suelos u otro profesional con más experiencia antes de firmar para la ejecución de la obra. Cabe resaltar que el caso refiere a la simple construcción de unas aceras, pero tal como dice el artículo 4 del CEP-CIV: “ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan experiencias…” genera debilidades para el gremio nacional y hace infructuoso el servicio a la sociedad.


Alejandra Gutiérrez. 26/01/2020

Zuyenmy Martins dijo...

Con relación al caso número 2:

Es necesario que Pedro actúe inmediatamente en el momento en que se dio cuenta que no hay estudios de suelo, planos topográficos del terreno y que se le ofrece emplear las perforaciones de otro lote. Aunque él sea un ingeniero recién graduado, debe recordar que existe un Código de Ética del Colegio de Ingenieros donde se estipula que acciones pueden realizarse y cuáles no.

Por esa razón, al momento de leer dicho código de ética, en el art. 9, es de gran utilidad para él, ya que establece que “Encargase de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional”.

Es pertinente que se dirija al Inspector de Obras del municipio donde se esta construyendo la acera y mencionarle que faltan los estudios técnicos que se deben de realizar antes de efectuar cualquier obra.

Unknown dijo...

En el primer caso, es evidente que Pedro se encuentra en una posición la cual puede llevarlo al éxito o al fracaso en su vida profesional ya que al cumplir la solicitud de su jefe, efectuaría la violación del Código de Ética del Colegio de Ingenieros, Arquitectos y Afines.

Si Pedro acepta firmar las mediciones y valuaciones de la obra del Zulia, estaría atentando contra el artículo ocho que hace referencia a "hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión". Además, a diferencia de la obra en Caracas, en Zulia están colocando carpeta asfáltica, es decir, Pedro se haría responsable de obras a las cuales no les hace seguimiento y no sabe si se efectuaron los estudios requeridos para su correcta ejecución, por lo que atentaría contra el artículo nueve del Código de Ética.

Yo le recomendaría a Pedro que rechace la oferta de su jefe y siga realizando un buen trabajo en su obra ya que está empezando su carrera como Ingeniero Civil y al ser ético en su profesión será respetado y reconocido como buen ingeniero.

Cristina Kabboul


Rafael Mejía dijo...

Con respecto al tercer caso, es notable el hecho de que la empresa, en su afán por conseguir un ingeniero que se haga responsable por el proyecto, quiere que Pedro incurra negligentemente en contra del Código de Ética Profesional.

En este sentido, está claro que Pedro no debe firmar el proyecto, ni encargarse de alguna gestión referente al mismo, ya que estaría incumpliendo directamente con el 8vo artículo del CEP: “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión”. Adicionalmente, estaría atentando con el 1er artículo (virtudes) y el 2do. (Ilegalidad).

De esta manera, Pedro al querer ejercer su función con ética y de manera correcta, debería enfocarse en terminar eficientemente su trabajo actual y no aventurarse a firmar el proyecto de un ingeniero del cual no tienen referencia.

Rafael A. Mejía

Manuel Sarcina dijo...

Con respecto al caso tres, Pedro no debería de firmar los planos debido a que si lo hace y se pueden presentar ciertas incidensias en la ejecución de las obras, bajo su dirección, revisión y supervisión y si no tiene idea de cómo hacerlo, él es el que termina siendo responsable de dichas circunstacias debido a que en el momento que firme los planos posee ciertas reponsabilidades civiles y penales que pueden perjudicarlo si algo sale mal; como bien dice el artículo #8 del código de ética del colegio de ingenieros, arquitectos y afines: “Firmar inconsultamente planos elaborados por otros y hacerse responsable de proyectos o trabajos que no están bajo su inmediata dirección, revisión o supervisión.”. Esto confirma que Pedro debe ser el responsable de direccionar, revisar y supervisar dichas obras con la mayor profesionalidad y ética que disponga.

Además que Pedro no tiene aún la experiencia necesaria que permitirá realizar las labores de este proyecto de manera eficaz, debido a que es mucha responsabilidad que le recae a su cargo y por lo tanto, tiene que saber organizarse para lograr que todos los trabajos se realicen de la manera esperada; con poca experiencia es poco probable lograrlo, estaría incurriendo en el incumplimiento del artículo #4 del código de ética del colegio de ingenieros, arquitectos y afines: “Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencias razonables.”

Manuel Sarcina. 30/01/2020

Manuel Brey dijo...

En el segundo caso se produce una falta muy grave que es el sugerir trabajar con estudios de suelos que no son propios del terreno en el cual se va a construir, a pesar de que este terreno se ganó del movimiento de tierra original, una vez hecho este movimiento de tierra las propiedades del suelo han cambiado y es necesario volver a hacer los estudios pertinentes para la realización de las aceras; el trabajar con los estudios de suelo que le ofrecieron al principio sería una directa violación al "CÓDIGO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE INGENIEROS, ARQUITECTOS Y AFINES", en específico la sección que dice lo siguiente: "9no. (obras): Encargarse de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional.".

Me parece necesario que Pedro hable con el inspector de obras del municipio y exija que se realicen los estudios de suelo del terreno donde se va a trabajar, además de que le otorguen planos topográficos actualizados del mismo. También creo pertinente pedir la opinión de su antiguo profesor de suelos ya que este cuenta con la experiencia que a Pedro todavía le falta, esto no solo ayudará al proyecto a realizar sino también aprenderá de primera mano del cómo proceder y que se debe tener en cuenta en un proyecto de esta índole, expandiendo sus conocimientos y obteniendo experiencia valiosa.


Manuel Brey

Alberto Enrique Lindner dijo...

Buenas, y cerramos el foro 1.

Gracias

Unknown dijo...

La ética profesional son actitudes y valores que todos como egresados de alguna universidad debemos tener. Respecto al primer caso.
Pedro no debería firmar, como ingenieros sabemos que las condiciones topográficas y la litología del terreno cambia, aunque se esté construyendo lo mismo en una zona eso no quiere decir que en otra zona se ha requerido de los mismo cálculos, pedro podrá conocer bien las partidas de caracas pero no conoce para nada los cálculos de la partida en Maracaibo, y también esta mal aceptar dinero y firmar planos hechos por otra persona. por ende pedro no debe firmar.

Más allá de esto pedro estaría incumpliendo el código de ética del colegio de ingenieros, arquitectos y afines en los apartados: 2, 8,11.

Jose Sanchez