La Economía hoy en Venezuela
Ponente: David Morán Bohórquez
Relatora: Daniela Candiales
El Sr. Morán, Ingeniero Industrial egresado de la Universidad Católica Andrés Bello y
actual director de La Patilla nos introdujo a un tema de suma relevancia hoy en día, el cual es
“La Economía”, y siendo más específicos habló de la economía en Venezuela.
Comenzando por definiciones básicas que debemos saber para poder entender el
dinero y como funciona, dentro de las cuales encontramos inflación y economía. La inflación
conocida como la pérdida de la capacidad de compra o del valor del dinero debido a un
desequilibrio entre la producción y la demanda, y la economía es el intercambio entre
personas de productos o servicios, donde se saca un saldo de esta interacción.
Entendiendo estos conceptos, el Ing. Morán comentó que la economía no la puede
controlar el gobierno porque no existe la economía planificada, es un pensamiento erróneo
socialista expresado con la finalidad de continuar fomentando este pensamiento que nos lleva
a la ignorancia. El dinero se creó para facilitar el intercambio de bienes y servicios y en cada
país tiene su denominación ISO, en el caso de Venezuela es “bed”.
Durante la ponencia explicó también el funcionamiento de la inflación y como todas las
monedas latinoamericanas son hiperinflacionarias, en el caso de Venezuela la hiperinflación
comenzó con el socialismo como sistema y con la falta de respaldo del dinero, respaldo que
antes era mediante las reservas de oro nacional, las cuales hoy en día una gran parte
pertenecen a países extranjeros.
Finalizando la ponencia nos instruyó un poco acerca del Blockchain y como el Bitcoin
es la única criptomoneda confiable que tiene respaldo, además del porque las trasnacionales
no están invirtiendo en Venezuela, lo cual se debe a una falta de justicia por parte de las
autoridades al momento de un juicio con el gobierno.
Relaciones Laborales
Ponentes: Cira Giunzioni y Elio Pepe
La Licenciada en Relaciones Industriales y coordinadora laboral de la Cámara
Venezolana de la Construcción en conjunto con el Ingeniero y director laboral de la Cámara
Venezolana de la Construcción, se presentaron el viernes 20 de enero de 2023 con el fin de
instruirnos acerca de las relaciones laborales en el ambiente de la construcción, desde los tipos
de contrato, hasta la paz laboral con los sindicatos y con los trabajadores, de manera que las
obras puedan transcurrir con el menor de los inconvenientes posibles en cuanto a relaciones
laborales se refiere.
Dentro de los tipos de contratos empleados en la construcción se tienen el contrato
por tiempo determinado, contrato por tiempo indeterminado y contrato de obra determinada;
Este último siendo el más común y beneficioso para las empresas por las facilidades de
liquidación y de recontratación para obras cercanas, ya que permite volver a contratar al
personal obrero al día siguiente de terminar una obra para dirigirse a la siguiente. La
conveniencia de este contrato permite mantener al personal calificado y profesional a lo largo
de varias obras sin tener que hacer una rotación obligatoria, además en cuanto a finanzas
beneficia al empleador al momento de liquidar al personal.
Se habló de algunas leyes del trabajo, como el Artículo 125 que indica: Si el patrono
persiste en su propósito de despedir al trabajador, deberá pagarle adicionalmente a lo
contemplado en el artículo 108 de esta Ley, además de los salarios que hubiere dejado de
percibir durante el procedimiento, una indemnización equivalente a:
1) Diez (10) días de salario si la antigüedad fuere mayor de tres (3) meses y no excediere de
seis (6) meses.
2) Treinta (30) días de salario por cada año de antigüedad o fracción superior de seis (6) meses,
hasta un máximo de ciento cincuenta (150) días de salario.
Adicionalmente el trabajador recibirá una indemnización sustitutiva del preaviso previsto en el
artículo 104 de esta Ley, en los siguientes montos y condiciones:
a) Quince (15) días de salario, cuando la antigüedad fuere mayor de un (1) mes y no exceda de
seis (6) meses;
b) Treinta (30) días de salario, cuando fuere superior a seis (6) meses y menor de un (1) año;
c) Cuarenta y cinco (45) días de salario, cuando fuere igual o superior a un (1) año;
d) Sesenta (60) días de salario, cuando fuere igual o superior a dos (2) años y no mayor de diez
(10) años; y
e) Noventa (90) días de salario, si excediere del límite anterior.
El salario de base para el cálculo de esta indemnización no excederá de diez (10) salarios
mínimos mensuales.
Adicionalmente comentaron aspectos importantes sobre como tratar con los
sindicatos, la importancia de siempre conocer los sindicatos y de tener una buena relación con
ellos para posteriormente lograr llegar a acuerdos acerca de la cantidad de trabajadores que
van a meter, la seguridad para los trabajadores e ingenieros residentes, entre otros, y como
arreglar esos detalles de manera que le convenga a la empresa. La paz laboral fue un aspecto a
recalcar durante la ponencia debido a que esto genera que tanto los trabajadores como el
empleador estén contestos a la hora de la realización y la calidad de la obra.