Cátedra de Gerencia de Construcción.

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jueves, 1 de julio de 2021

Dali Rojas/ Mariangel Estrada/VUF

 

Caracas, 18 de junio 2021

Arq. Dali Rojas Mendoza

Estrada, Mariangel. C.I.26.597.016

 

Relatoría: Variables Urbanas Fundamentales

Construcciones públicas y privadas.


En la ponencia se expuso sobre el marco normativo que rige a las construcciones públicas y privadas en el país, el cual permite definir las competencias en planificación y gestión urbana. Entre algunas de estas leyes que tienen incidencia en dicho proceso se pueden mencionar: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio (LOOT, 1983), la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística (LOOU, 1987) y su Reglamento de 1990, la Ley de Reforma parcial del Poder Público Municipal (10 de abril de 2006), la Ley Penal del Ambiente (02 de mayo de 2012), la Ley Forestal de Suelos y Aguas (1966), la cual se derogó parcialmente por la Ley de Bosques y Gestión Ambiental (14 de mayo 2008), las Normas para Movimiento de Tierra de Conservación Ambiental con fines Urbanísticos (21 de octubre de 1983) , el Decreto N°1.257 de Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles a degradar el Ambiente (25 de abril 1996), la Ley de Aguas (02 de enero de 2007), la Ley de Orgánica de descentralización, delimitación y transferencia, de competencias del Poder Público (marzo 2009), la Ley Orgánica del Consejo Federal (Febrero 2010) y su Reglamento (Mayo 2010), la Ley de Consejos Comunales (Noviembre 2009) y la Ley Orgánica de Comunas (Diciembre 2010).

 

Desconcentración y Descentralización

De acuerdo con la Arq. Dalí Rojas son dos términos muy importantes dentro del tema tratado, desconcentración hace referencia a los entes que dependen del gobierno central, mientras que la descentralización, está relacionada con los municipios, debido a que, desde el punto de vista geopolítico, estos últimos son autónomos y por ende tienen una parte ejecutiva y una parte legislativa que es donde se desarrollan las ordenanzas y demás instrumentos que utilizan los municipios.

 

La planificación del territorio.

Consiste en un conjunto de actividades que están dirigidas a la elaboración y establecimiento de planes, de acuerdo con el potencial de desarrollo dispuesto en cada región, estás actividades están a cargo del Ejecutivo Nacional y del municipio, quienes las llevan a cabo mediante un sistema jerarquizado de planes fundamentados en la Ley Orgánica de Ordenación del Territorio vigente, a partir de la cual se basan los instrumentos generales que definen qué se desarrolla en cada uno de sus territorios.

Los territorios se encuentran definidos por una línea de puntos imaginarios, denominados polígonos urbanos, estos se encuentran regidos por diversas leyes, las cuales establecen que todo desarrollo dentro del paístiene que contar con un  terreno acotado dentro de determinadas coordenadas. Se tienen terrenos dentro y fuera de polígonos urbanos, si están dentro de las poligonales urbanas (zonas urbanas) se tiene que ir a las alcaldías municipales para pedir las autorizaciones. Y para los que están fuera de las poligonales urbanas (zonas rurales y las áreas de bajo régimen de administración especial (parques nacionales, monumentos históricos)) hay que ir al ministerio con competencias en ambiente, denominado en este momento como, el Ministerio de Ecosocialismo y Aguas.

Los componentes primarios de un desarrollo son:

·         El terreno.

·         Las normativas.

·         El financiamiento, que ocurre luego de que se autoriza el desarrollo del terreno.

·         La comunidad.

Tanto las urbanizaciones residenciales e industriales requieren una serie de  equipamientos urbanos definidosde acuerdo con el número de personas que van a asentarse en un determinado terreno. Algunos de estos equipamientos son zonas educacionales, recreacionales, deportivos, turísticos, entre otros, definidas dentro del marco legal.

Entre las solicitudes para urbanizar y edificar antes los organismos competentes se tienen los estadales que son desconcentrados, y los municipales (alcaldía).

Para la adquisición del terreno son necesarios algunos requerimientos como:

·         Documento de propiedad, que debe estar registrado y contener un plano anexo al cuaderno de comprobantes del Registro Subalterno correspondiente, con indicación del área y linderos.

·         Debe estar inscrito en la Oficina Municipal de Catastro a nombre del propietario.

·         Coordenadas según la Ley de Cartografía.

 

La consulta preliminar, a pesar de que la Ley de Ordenación Urbanística establece que es optativa, paso a ser obligatoria a partir del año 1999, por la Constitución, ya que el ministerio con competencias en materia ambiental así lo exige para la acreditación técnica.

Para lotes de terreno que están ubicados dentro de los polígonos urbanos, la información que suministra la consulta está en el Plan, en las ordenanzas y/o cualquier otro instrumento normativo que rija el terreno en cuestión.

Cuando no exista plan de desarrollo urbano local u ordenanza de zonificación se aplicará lo dispuesto en el artículo 125. Los particulares deberán solicitar del respectivo Consejo Municipal lasvariables urbanas fundamentales aplicables al terreno pudiendopresentar propuestas de urbanizaciones y edificaciones para laasignación de variables por parte del Municipio. Las mencionadasvariables serán asignadas previa aprobación del Ministerio concompetencia.

 

­Variables Urbanas Fundamentales

Según la Arq. Dalí Rojas las variables urbanas fundamentalesson

El conjunto de restricciones o limitaciones definidas en la normativa aplicable a un determinado terreno que va a ser desarrollado mediante un proceso de urbanización o de edificación.La normativa aplicable a un terreno aparece definida en los instrumentos jurídicos nacionales, estatales y locales.

 

La ponente también hizo referencia a la diferencia entre los términos lote y parcela. Los cuales puntualizó de la siguiente manera:

Lote:

-       Terreno sin servicio

-       No ha sido sometido a procesos de urbanismo.

-       Tiene la reglamentación genérica del lote, definiéndose uso e intensidades a las que tiene derecho el lote en cuestión.

Parcelas:

-       Terrenos con servicios.

-       Forma parte de una urbanización o parcelario aprobado por el municipio correspondiente.

­Otras definiciones importantes que se mencionaron durante la ponencia son:

Área aprovechable: la cual constituye el área del terreno disponible para ser sometida procesos de urbanización, tales como: áreas destinadas a parcelas residenciales, comerciales, oficinas, equipamientos urbanos y áreas ocupadas por vialidad y servicio.

Área global: ésta incluye al área aprovechable y al área que no puede ser intervenida debido a sus condiciones naturales u otras restricciones.

Área neta: que está destinada a las parcelas de cualquier uso.

Densidad de ocupación: la cual se expresa como la cantidad de personas referidas por unidad de superficie, puede ser: densidad bruta, expresada como número de habitantes por área aprovechable, o densidad neta, expresada como número de habitantes por área neta residencial.

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